DECRETO N° 448
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la facultad que le confiere el artículo 59 fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, califica y aprueba la Cuenta de Inversión de las Rentas Generales del Estado de Oaxaca, correspondiente al ejercicio que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.
T R A N S I T O R I O S :
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 8 fracción IX de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado de Oaxaca, se autoriza y se instruye al Titular de la Contaduría Mayor de Hacienda, para que expida el finiquito correspondiente respecto del periodo de la Cuenta de Inversión de las Rentas Generales del Estado a que se refiere el presente Decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 20 de marzo de 2008.
DIP. JOSE ANTONIO YGLESIAS ARREOLA
PRESIDENTE.
RÚBRICA
DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ.
SECRETARIA.
RÚBRICA
DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS
SECRETARIO.
RÚBRICA