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DECRETO N° 448

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la facultad que le confiere el artículo 59 fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, califica y aprueba la Cuenta de Inversión de las Rentas Generales del Estado de Oaxaca, correspondiente al ejercicio que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

 

 

T R A N S I T O R I O S :

 

 

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.

 

 

SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 8 fracción IX de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado de Oaxaca, se autoriza y se instruye al Titular de la Contaduría Mayor de Hacienda, para que expida el finiquito correspondiente respecto del periodo de la Cuenta de Inversión de las Rentas Generales del Estado a que se refiere el presente Decreto.

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

 

 

 

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 20 de marzo de 2008.

 

 

 

DIP. JOSE ANTONIO YGLESIAS ARREOLA

PRESIDENTE.
RÚBRICA

 

 

DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ.

SECRETARIA.
RÚBRICA

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

SECRETARIO.
RÚBRICA